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- La Junta General del Principado de Asturias y la reforma de la Constitución.
viernes, 24 de mayo de 2013
Miguel Ángel Presno Linera.
Por primera vez en la historia
española, el próximo 24 de mayo se debatirá en un Parlamento autonómico
una propuesta de reforma de la Constitución. Ese parlamento es la Junta
General del Principado de Asturias y la propuesta es una iniciativa
ciudadana respaldada en Asturias por 7.700 personas y que pretende lo
siguiente:
1) la reforma del artículo 87.3
de la Constitución, que regula las iniciativas legislativas populares y
que en la actualidad impide su presentación si afectan, entre otras
materias, al régimen electoral general o al desarrollo de los derechos
fundamentales y las libertades públicas. Eso supone que, aunque cuente
con el respaldo de millones de ciudadanos, no se admite su tramitación
si una iniciativa se refiere a cuestiones tan relevantes en un sistema
democrático como la educación, la legislación electoral y de partidos
políticos, las libertades de expresión, reunión y asociación, el derecho
de huelga o el acceso a la justicia. Esta regulación no era tan
restrictiva en el Anteproyecto de Constitución, pues entonces no estaban
excluidas de la iniciativa legislativa popular las leyes orgánicas, que
son las que regulan los derechos fundamentales, el sistema electoral
general o instituciones del Estado como la Defensoría del Pueblo, el
Consejo General del Poder Judicial, o la sucesión a la Jefatura del
Estado.
2) La reforma del artículo 92
para que la aprobación de las leyes votadas por las Cortes Generales y
aún no sancionadas, las decisiones políticas de especial trascendencia y
la derogación de leyes en vigor sean sometidas a referéndum vinculante
de todos los ciudadanos si lo solicitan 500.000 personas. La
Constitución de 1978 ni habilita a los ciudadanos para solicitar la
convocatoria de un referéndum ni prevé el carácter legislativo de las
consultas, contemplado en otros países (Austria, Dinamarca, Irlanda,
Italia, Suiza, Estados Unidos, Uruguay,…) y que sí estaba previsto, en
términos más democráticos, en el Anteproyecto de Constitución donde el
artículo 85 decía: “1. La aprobación de las leyes votadas por las Cortes
Generales y aún no sancionadas, las decisiones políticas de especial
trascendencia y la derogación de leyes en vigor, podrán ser sometidas a
referéndum de todos los ciudadanos. 2. En los dos primeros supuestos del
número anterior el referéndum será convocado por el Rey, a propuesta
del Gobierno, a iniciativa de cualquiera de las Cámaras, o de tres
asambleas de Territorios Autónomos. En el tercer supuesto, la iniciativa
podrá proceder también de setecientos cincuenta mil electores… 4. El
resultado del referéndum se impone a todos los ciudadanos y a todos los
órganos del Estado”.
3) La reforma del artículo 166
para que el cambio de la Constitución pueda ser promovido por 500.000
personas. La prohibición actual de iniciativas ciudadanas en esta
materia se ajusta poco al principio de soberanía popular (artículo 1.2
de la Constitución) y al mandato que se impone a los poderes públicos de
facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política
(artículo 9.2). Además, esta limitación no estaba prevista en términos
tan excluyentes en el Anteproyecto de Constitución pues el artículo 157
–“La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos
del artículo ochenta”- remitía con carácter general al artículo 80,
donde se regulaban las diferentes iniciativas legislativas, incluida la
popular.
A diferencia de lo que ocurre en
España, en Suiza se admite la iniciativa popular para una reforma total o
parcial de la Constitución; en Letonia pueden promoverla la décima
parte de los electores; en Lituania 300.000 electores y en Austria
200.000 ciudadanos con derecho a voto o la mitad de los que tengan
derecho a voto en cada uno de tres Estados pueden presentar
proposiciones de leyes constitucionales.
El Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida ya ha manifestado su apoyo a esta iniciativa, que en
realidad recupera principios presentes en el proceso de transición a la
democracia.
Estamos seguros que contará
también con el respaldo de los demás Grupos Parlamentarios pues ¿qué
argumentos democráticos pueden tener los diputados del Partido
Socialista Obrero Español para oponerse a esta propuesta si esta misma
semana el secretario general del PSOE ha defendido la necesidad, para
recuperar la calidad de la democracia, de revisar el régimen de
celebración de referendos ampliando los supuestos de su convocatoria y
que la misma pueda ser solicitada por los ciudadanos?
¿Qué argumentos democráticos
pueden invocar los diputados en la Junta General de Foro Asturias para
votar en contra de una iniciativa que promueve la participación y la
democracia si se definen en su página web como “un movimiento de
ciudadanos libres y consiguientemente críticos, que se rebela contra la
condición de súbditos”?
¿Qué argumentos democráticos
pueden hacer valer los parlamentarios del Grupo Popular para rechazar
esta propuesta si ya el Presidente Fundador de su partido, el señor
Fraga Iribarne, defendió en el debate constituyente la reforma de la
Constitución a propuesta de los ciudadanos y una regulación generosa de
la iniciativa legislativa popular y de los referendos? El propio
Presidente del Gobierno, el señor Rajoy, ha animado a los que defienden
las consultas populares para que planteen propuestas de reforma de la
Constitución.
Finalmente, ¿qué argumentos
democráticos puede oponer el diputado de Unión, Progreso y Democracia a
una iniciativa progresista y democrática?
Los diputados y diputadas de la
Junta General del Principado de Asturias tienen el día 24 de mayo una
inmejorable ocasión para demostrar que no le tienen miedo a los
ciudadanos, que no le tienen miedo a la democracia, que no le tienen
miedo a la libertad.
Texto publicado en el periódico La Nueva España el 19 de mayo de 2013. Petición ciudadana para que se remita al Congreso de los Diputados una iniciativa de reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución https://oiga.me/campaigns/pide-al-parlamento-asturiano-que-apruebe-la-peticion-ciudadana-de-reforma-constitucional